TRÁMITE Y MODALIDAD |
DÍAS HÁBILES |
Inscripción al Registro del Plan de Manejo de RME |
30 |
Actualización al Registro del Plan de Manejo de RME |
30 |
Plan de manejo - SEDESU
Registro del Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial:
Generadores de RME, a Empresas Exportadoras e Importadoras o de manera voluntaria a aquellos Pequeños Generadores interesados, cuyo objetivo es minimizar la generación y maximizar la valorización de RME, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social.
La presentación de solicitudes o promociones asociadas a éstas, a través del Sistema Estatal, podrá realizarse las 24 horas, comprendidas de las 00:01 a las 24:00 horas, conforme al huso horario de la zona Centro del territorio nacional, establecida en la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos en relación con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro.
Tipo de trámite:
- Registro: el registro de plan de manejo es para aquellos generadores obligados o de manera voluntaria, que lo realizan por primera vez.
- Actualización: la actualización de plan de manejo es para aquellos generadores que ya se encuentran registradas pero que quieren agregar o eliminar un residuo generado, cambio de domicilio, razón social, aumento o disminución de la capacidad instalada.
- Dicho trámite se realiza dentro de la Portal del Sistema Estatal de Información en Materia de Gestión Integral y Eocnomía Circular de los Residuos (SIREQ) en la siguiente liga de acceso:
https://sireq.queretaro.gob.mx/portal-sireq/login
Modalidad de plan de manejo:
Los planes de manejo para residuos se podrán establecer en una o más de las siguientes modalidades:
I. Atendiendo a los sujetos que intervienen en ellos, podrán ser:
a) Privados, los instrumentados por los particulares que conforme a la Ley se encuentran obligados a la elaboración, formulación e implementación de un plan de manejo de residuos, o
b) Mixtos, los que instrumenten los señalados en el inciso anterior con la participación de las autoridades en el ámbito de sus competencias.
II. Considerando la posibilidad de asociación de los sujetos obligados a su formulación y ejecución, podrán ser:
a) Individuales, aquéllos en los cuales sólo un sujeto obligado establece en un único plan, el manejo integral que dará a uno, varios o todos los residuos que genere, o
b) Colectivos, aquéllos que determinan el manejo integral que se dará a uno o más residuos específicos y el cual puede elaborarse o aplicarse por varios sujetos obligados.
III. Conforme a su ámbito de aplicación, podrán ser:
a) Nacionales, cuando se apliquen en todo el territorio nacional;
b) Regionales, cuando se apliquen en el territorio de dos o más estados o el Distrito Federal, o de dos o más municipios de un mismo estado o de distintos estados, y
c) Locales, cuando su aplicación sea en un solo estado, municipio o el Distrito Federal.
IV. Atendiendo a la corriente del residuo.
Calendario para realizar el trámite:
Tiempo de respuesta
Vigencia:
TRÁMITE |
MODALIDAD |
TIEMPO DE VIGENCIA |
Registro al Padrón de Prestadores |
Inscripción |
Permanente. |
Actualización |
Permanente. |
Conceptos bitácora y manifiesto de trazabilidad
Documento en el cual los generadores registran los volúmenes y tipos de residuos generados, así como las formas de manejo a las que son sometidos, para su control interno
Los grandes generadores estarán obligados a llevar una bitácora misma que deberá contener la información del manejo integral de los últimos 2 años y presentarse ante la autoridad competente cuando ésta así lo solicite.
Documento emitido por el generador del Estado de Querétaro y/o prestador de servicios ambientales en el cual se registran las actividades de manejo integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, mismo que tiene como fin fundamental regular la trazabilidad de los residuos manejados así como garantizar el monitoreo de los mismos y su difusión. Dicho documento debe contener la información del generador, el residuo, volumen e información de las personas físicas y morales implicadas en el manejo integral.
Con fundamento en el Art. 83 de la Ley para la Prevención, Gestión Integral y Economía Circular de los Residuos, los grandes generadores y los prestadores de servicios registrados ante la Secretaría deberán hacer uso del Sistema Estatal de Información en Materia de Gestión Integral y Economía Circular de los Residuos para los manifiestos digitales.

Blvd. Bernardo Quintana 204 Carretas. Querétaro 76050
Secretaría de Desarrollo Sustentable (SEDESU)