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El Glosario

ACREDITACIÓN

Acción y efecto de establecer que un estudiante cuenta con los aprendizajes, conocimientos y habilidades necesarias para el reconocimiento oficial de la aprobación de un curso, asignatura, unidad de aprendizaje, semestre, grado o nivel educativo.

ACTA CONSTITUTIVA

Documento notarial mediante el cual se constituye una persona moral.

ACTA DE EXAMEN PROFESIONAL

Documento que se expedirá en original y tres tantos, y por única ocasión, a los alumnos que cumplieron con el servicio social, práctica profesional, sustentación y aprobaron el examen profesional.

ACTA DE NACIMIENTO

Documento, expedido por el Estado, en donde constan diversos datos vinculados a una persona que acaba de nacer, como su nombre y el nombre de sus padres, la fecha y el lugar de nacimiento.

ACTIVIDAD PROFESIONAL

La ocupación de carácter público o privado que realiza un profesionista, que está relacionada con su formación profesional, y que los vincula de forma económica, administrativa o social.

ACTUALIZACIÓN DE TRÁMITE O EXPEDIENTE

Renovación de documentales básicos que dieron origen al acuerdo y que por sus características cuentan con vigencia determinada.

ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS

Referencia sintética, esquematizada y estructurada de las asignaturas u otro tipo de unidades de aprendizaje para mantener su pertinencia y vigencia.

ACUERDO

Bases generales a las que se sujetará el trámite y otorgamiento de la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios que impartan los particulares en cualesquiera de los tipos y niveles educativos previstos en la ley.

ACUERDO ESPECÍFICO

Acuerdo secretarial emitido para cada uno de los niveles educativos o estudios de formación para el trabajo que regulará, de manera específica y diferenciada, la totalidad de los procedimientos, trámites y requisitos para obtener la Autorización o RVOE y operar dentro del sistema educativo nacional.

ADMISIÓN DE TRÁMITE

Acto administrativo fundado y motivado de la autoridad, mediante el cual admite una solicitud para su análisis y resolución, en virtud de que el particular cumplió con la totalidad de requisitos.

ALUMNO

Es la persona matriculada en cualquier grado de las diversas modalidades, tipos, niveles y servicios educativos del Sistema Educativo Nacional.

ALUMNO ASPIRANTE

El que solicita formalmente matricularse en alguna institución educativa en cualquiera de los grados y niveles del Sistema Educativo Nacional.

ALUMNO DE NUEVO INGRESO

Alumno que se integra por primera vez en cualquier grado escolar.

ALUMNO DE REINGRESO

Es el que, después de haber cursado total o parcialmente un grado escolar, se reinscribe en el mismo.

ALUMNO EXTRANJERO

Es el educando de nacionalidad no mexicana inscrito en un establecimiento escolar de México, el cual debe satisfacer requisitos especiales para matricularse y permanecer en una institución educativa, así como acatar las leyes y disposiciones migratorias del país.

ÁREA DE CONTROL ESCOLAR

Instancia responsable de los procesos de registro y certificación durante la trayectoria escolar de los alumnos.

ÁREA DE ESTUDIOS

Agrupamiento de carreras y especialidades de una institución teniendo en cuenta la afinidad de los respectivos objetos del conocimiento. Se divide en Ciencias Agropecuarias, Ciencias de la Salud, Ciencias Naturales y Exactas, Ciencias Sociales y Administrativas, Educación y Humanidades, e Ingeniería y Tecnología.

APÓCRIFO

Documento presentado por los interesados para realizar trámites escolares, cuyas características no corresponden a los emitidos oficialmente o que contienen fundamentos falsos o inciertos.

AUTORIDAD EDUCATIVA

Federal o local, al ejecutivo de cada uno de los estados de la Federación, así como sus entidades que, en su caso, establezcan para el ejercicio de la función social educativa.

AUTORIZACIÓN

Acuerdo previo y expreso de la autoridad educativa que permite al particular impartir estudios de preescolar, primaria y secundaria.

BACHILLERATO

Es la educación de tipo medio superior, de carácter propedéutico, y propedéutico y terminal, que se imparte a los egresados de secundaria y que, cuando es propedéutico, posibilita ingresar al tipo superior.

BACHILLERATO DE ARTE

Servicio educativo de tipo medio superior cuyos propósitos son: articular la educación artística escolarizada del Sistema Educativo Nacional, unificar el nivel académico de las escuelas de arte con sus equivalentes del mismo sistema, profesionalizar a los egresados de las escuelas de arte y formar personal docente que imparta educación artística en las escuelas del nivel básico. Se cursa en tres años, lo sostiene la federación y es de carácter propedéutico. Depende del Instituto Nacional de Bellas Artes.

BACHILLERATO GENERAL

Prepara al estudiante en todas las áreas del conocimiento para que pueda cursar estudios del tipo superior; es propedéutico de tales estudios y se cursa en dos o tres años.

BACHILLERATO TECNOLÓGICO

Proporciona a los educandos los conocimientos necesarios para ingresar al tipo superior y los capacita para ser técnicos calificados en ramas tecnológicas específicas de las áreas agropecuaria, forestal, industrial y de servicios, y del mar. La duración de este servicio es de seis semestres.

BAJA DEFINITIVA

Proceso de abandono voluntario o forzoso de la carrera en la que se matricula un estudiante por la influencia positiva o negativa de circunstancias internas o externas a él o ella.

BAJA TEMPORAL

Proceso de abandono temporal del curso o carrera donde se inscribió. Interrupción de los estudios durante un lapso determinado que le permite al alumno continuar con sus estudios una vez concluido éste.

BIBLIOGRAFÍA


Material bibliográfico con el cual el particular dará cumplimiento al plan y programas de estudio

CAMBIO AL ACUERDO

Cambios que el titular de la Autorización o RVOE requiere y está obligado a solicitar previamente el acuerdo de la autoridad educativa, cuando se realizan cambios en:

  • el titular del acuerdo respectivo,

  • el domicilio, y

  • los planes y programas de estudio (media y superior).

Cambios que el titular de la Autorización o RVOE requiere y está obligado a dar aviso y obtener la autorización de la autoridad educativa, cuando éstos se refieran exclusivamente:

  • al horario.

  • turno de trabajo.

  • Alumnado.

  • nombre de la institución.

  • planes y programas de estudios, cuando se trate de la actualización de las materias y/o del contenido del plan de estudios respectivo (media y superior).

CAMBIOS AL PLAN Y PROGRAMA DE ESTUDIO

Modificaciones que se refieran a la denominación del plan de estudios, a los objetivos generales, al perfil del egresado o a la modalidad educativa.

CAMBIO DE DOMICILIO DEL PLANTEL

Impartición del plan y programas de estudio en instalaciones ubicadas en un lugar distinto al señalado en el acuerdo por el que se otorgó autorización o RVOE por la autoridad educativa estatal.

CAMBIO DE TITULAR

Particular que pretenda ceder los derechos de la titularidad del acuerdo que le fue otorgado.

CANJE DE ACUERDO

Proceso por el cual se deja sin efecto el RVOE que se dio para impartir educación preescolar y se cambia por la Autorización respectiva que es vigente para este nivel educativo.

CARRERA

Es la profesión, disciplina o área específica del conocimiento que estudia el alumno de acuerdo con el tiempo que establece un plan de estudios, para obtener un título profesional.

CARRERA ABIERTA

Educación organizada bajo un plan y atendiendo a una serie de objetivos que se realizan sin necesidad de asistir obligadamente a una escuela o aula. No está sujeto a horarios ni a calendarios rígidos ni requiere de la presencia de un profesor. Es dinámica, flexible y adaptable a las diferencias individuales de los alumnos, porque cada uno puede aprender de acuerdo con su ritmo de aprendizaje o su interés personal.

Permite un proceso de acreditación flexible.

CARRERA SEMIESCOLARIZADA

Educación que se caracteriza por ser flexible en el tiempo y en el espacio y adaptable a los alumnos. Estos pueden aprender de acuerdo con su ritmo de aprendizaje o su interés personal.

No requieren asistir cotidianamente a un establecimiento educativo. La apertura implica también mayores libertades respecto de los sitios, horarios y calendarios de estudio.

CARRERA TÉCNICA

Nivel educativo de tipo medio superior en el que se prepara a técnicos en actividades industriales y de servicios. Tiene como antecedente la secundaria. Los estudios que se imparten son propedéuticos y de carácter terminal. El tiempo en que se cursa varía de dos a cuatro años y su propósito es formar al educando para que se incorpore al mercado de trabajo. Al mismo tiempo se pretende que el alumno adquiera los conocimientos necesarios que le permitan -si así lo desea- optar por una educación de tipo superior.

CÉDULA PROFESIONAL

Documento único expedido por la autoridad competente federal o estatal, con efectos de patente, que, valida el registro del título profesional respectivo, expedida por la Dirección General o Estatal de Profesiones, según sea el caso, en los términos del convenio correspondiente.

CERTIFICACIÓN

Acción que permite a una autoridad legalmente facultada dar testimonio, por medio de un documento oficial, que se acreditó total o parcialmente un curso, asignatura, unidad de aprendizaje, semestre, grado o nivel escolar según lo establezca la regulación respectiva.

CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS

Se expedirá cuando el interesado solicite duplicado del Certificado de Terminación de Estudios o la comprobación de estudios parciales, de planes de estudio vigentes o abrogados.

CERTIFICADO DE NÚMERO OFICIAL

Documento público emitido por autoridad competente, mediante el que se asigna un solo número oficial para cada predio que tenga frente a la vía pública, que corresponderá a la entrada del mismo.

CERTIFICADO DE TERMINACIÓN DE ESTUDIOS

Es el reconocimiento oficial de estudios que otorga una autoridad legalmente facultada, mediante un documento que se expedirá en original y por única vez, a los estudiantes que acreditaron y concluyeron los estudios correspondientes a la licenciatura, conforme al plan de estudios vigente.

CERTIFICADO DE NÚMERO OFICIAL

Documento público emitido por autoridad competente, mediante el que se asigna un solo número oficial para cada predio que tenga frente a la vía pública, que corresponderá a la entrada del mismo.

CICLO ESCOLAR O AÑO ESCOLAR

Lapso oficial en que se realizan las actividades escolares de un grado en el Sistema Educativo Nacional.

CLAVE DE CENTRO DE TRABAJO (CCT)

Es la llave de entrada al Catálogo de Centros de Trabajo, y es además el elemento de relación con todos los sistemas de la Secretaría de Educación Pública o de las autoridades educativas en los estados.

CÓDIGO POSTAL

Es el número oficial con que se identifica una ciudad, colonia o zona postal. Se deberá colocar dicho número abajo del nombre de la ciudad en toda correspondencia nacional o internacional.

CÓDIGO QR

Código de barras bidimensional que contiene información general del alumno, institución educativa, así como datos de la autoridad educativa y que deben colocarse en los documentos de certificado y título profesional.

COLEGIO

Institución educativa. Agrupación de académicos de una rama del conocimiento. Agrupación de profesionales en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Profesiones.

COMISIÓN ESTATAL PARA LA PLANEACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (COEPES)

Órgano técnico de apoyo y asesoría que tiene por objeto coadyuvar con la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro en la planeación, desarrollo y orientación de manera coordinada, pertinente y racional de la Educación Superior en el Estado de Querétaro.

CONSEJO ESTATAL PARA LA PLANEACIÓN Y PROGRANMACIÓN DE LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR (CEPPEMS)

Órgano Colegiado de Consulta, Asesoría, Análisis y Opinión que tiene por objetivo colaborar con las autoridades educativas, en la planeación, orientación de las decisiones y actuaciones sobre la Educación Media Superior.

CONSTANCIA DE LIBERACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES

Documento expedido por la Institución Educativa incorporada a la Dirección de Educación, mediante el cual se reconoce la práctica profesional realizada en una institución educativa pública o privada.

CONSTACIA DE LIBERACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL

Documento expedido por la Institución Educativa incorporada a la Dirección de Educación, mediante el cual se reconoce el servicio social reglamentario, realizado en una institución educativa pública o privada, el cual no debe ser menor a seis meses.

CONTENIDO EDUCATIVO

Conjunto de conocimientos, actitudes y destrezas seleccionados para cumplirse en un ciclo escolar que por medio de experiencias de aprendizaje conducen al educando a lograr los objetivos deseados.

CORREO ELECTRÓNICO

Es la dirección electrónica que utilizan los usuarios de Internet; sirve para identificarse y tener acceso a los buzones de correo de otros usuarios; se representa con letras minúsculas y puntos que identifican a la persona o institución, siempre acompañados por el símbolo @.

CRÉDITO EDUCATIVO

Asignación numérica que mide el aprovechamiento del alumno en un ciclo o curso escolar determinados, en áreas del conocimiento.

CONVOCATORIA DE INGRESO

Documento en el cual se publican las características, requisitos y lineamientos para iniciar el proceso de selección de aspirantes a ingresar a las Escuelas Normales incorporadas a la Dirección de Educación.

CUATRIMESTRE

Periodo de cuatro meses de clases.

CURP

La Clave Única de Registro de Población, mejor conocida como CURP sirve para registrar en forma individual a todas las personas que residen en México, nacionales y extranjeras, así como a las mexicanas y mexicanos que radican en otros países.

CURSO

Unidad de tiempo que implica un conjunto de acciones que activan una relación de índole pedagógica durante un determinado periodo, que tienen como intención central propiciar el aprendizaje del estudiante.

DENOMINACIÓN DEL PLANTEL EDUCATIVO

Nombre que se autoriza, con el que se oferta el servicio educativo, denominaciones que no estén registradas como nombres o marcas comerciales en términos de las leyes respectivas y que tampoco aparezcan registradas ante la autoridad educativa, a excepción de aquéllas que el particular esté utilizando en planteles con incorporación de estudios cuando desee establecer un nuevo plantel con la misma denominación.

DENOMINACIÓN DE LA PERSONA MORAL

Nombre que se autorizó a una persona moral en su constitución acorde a las leyes que norman.

DGAIR

Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación.

DGESPE

Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación.

DICTAMEN DE USO DE SUELO

Documento público emitido por autoridad competente, que autoriza la ubicación y construcción de un inmueble para un servicio educativo de acuerdo al programa municipal de desarrollo urbano.

DIGITALIZACIÓN

Paso de información ⎯que se encuentra en papel⎯ a medios magnéticos, con ayuda de tableta, cursor y software específico.

DIPLOMADO

Estudios que tienen como propósito la profundización en temas específicos de las áreas de conocimiento o la actualización de la información sobre innovaciones en las mismas. Se estructura en unidades de enseñanza-aprendizaje, sobre determinado tema y tiene suficiente extensión y formalidad para garantizar la adquisición y desarrollo de un conocimiento teórico y/o práctico válido.

DIPLOMADO DE ESPECIALIDAD

A quien haya realizado estudios de especialidad post-licenciatura.

DIRECCIÓN ESTATAL DE PROFESIONES

Órgano dependiente del Poder Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Educación del Estado de Querétaro.

DIRECTOR TÉCNICO

Tendrá a su cargo la responsabilidad sobre los aspectos académicos y docentes del plantel, con independencia de las funciones administrativas que desempeñe.

DOCUMENTO EQUIVALENTE

Documento de un alumno extranjero que equivale a la copia certificada del Acta de Nacimiento.

DOCUMENTO QUE AVALE LAS CONDICIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL

Documento público emitido por autoridad competente, que avala las condiciones en materia de protección civil del inmueble donde se pretende ofertar un servicio educativo.

DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES

Es el domicilio que el particular señala para oír y recibir notificaciones.

EDUCACIÓN ABIERTA

Modalidad educativa que consiste en proporcionar al alumno los materiales y recursos necesarios para estudiar un programa establecido sin asistir diariamente a la escuela; el aprendizaje se realiza en casa, para lo cual se emplean diversos medios: correspondencia, radio, televisión, grabaciones magnetofónicas, asesoría individual o de grupo y otros. La certificación del avance gradual del programa se lleva a cabo mediante la presentación de una serie de exámenes.

EDUCACIÓN INICIAL

Tiene como propósito favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social de los menores de cuatro años de edad. Incluye orientación a padres de familia o tutores para la educación de sus hijas, hijos o pupilos.

EDUCACIÓN DE TIPO BÁSICO

Está compuesta por el nivel preescolar, el de primaria y el de secundaria.

EDUCACIÓN DE TIPO MEDIA SUPERIOR

Comprende el nivel de bachillerato, los demás niveles equivalentes a éste, así como la educación profesional que no requiere bachillerato o sus equivalentes.

EDUCACIÓN DE TIPO SUPERIOR

Es el que se imparte después del bachillerato o de sus equivalentes. Está compuesto por la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como por opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende la educación normal en todos sus niveles y especialidades.

EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

Estudios de carácter técnico que, de acuerdo con el nivel educativo en que se cursen, pueden abarcar desde la capacitación para el trabajo hasta la formación y preparación para el ejercicio profesional en las áreas agropecuaria, industrial, forestal, del mar y de servicios.

EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

Es la que se imparte en las carreras clasificadas en las áreas de Educación y Humanidades, Ciencias de la Salud, Ciencias Naturales y Exactas, Ciencias Sociales y Administrativas y las carreras de Ingeniería que no pertenecen al área de Ciencias Agropecuarias.

EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS

Acto administrativo a través del cual la autoridad educativa declara equiparables entre si estudios realizados dentro del sistema educativo nacional.

ESCUELA

Plantel en cuyas instalaciones se imparte educación y se establece una comunidad de aprendizaje entre alumnos y docentes, que cuenta con una estructura ocupacional autorizada por la Autoridad Educativa u Organismo Descentralizado; es la base orgánica del sistema educativo nacional para la prestación del servicio público de Educación Básica, Media Superior o Superior.

ESPECIALIDAD

Formación académica del profesionista que realiza estudios o adquiere un nivel superior a la licenciatura, que tiene por objeto perfeccionar conocimientos y aptitudes en un área específica de su ejercicio profesional. Generalmente, estos estudios no se consideran grado académico.

ESTADÍSTICA

Información que genera la institución educativa de su población escolar y administrativa, por cada programa educativo que imparte, puede ser de fin o inicio de cursos.

ESTUDIOS REALIZADOS DENTRO DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL

Los que se cursan en instituciones educativas del Estado y de sus organismos descentralizados; en instituciones particulares que cuenten con planes de estudio con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios y en instituciones de educación superior a las que la Ley otorga Autonomía.

FACULTAD

Organización académico-administrativa de una universidad, en cuyos locales se imparte una carrera o más de la misma área de estudios.

FIRMA ELECTRÓNICA

Firma de la autoridad educativa local o del funcionario público facultado, conformada por el número de certificado y sello digital.

FORMATO PDF

PDF (sigla del inglés Portable Document Format, «formato de documento portátil») es un formato de almacenamiento para documentos digitales independiente de plataformas de software o hardware. Este formato es de tipo compuesto (imagen vectorial, mapa de bits y texto).

GRADO

Cada una de las etapas en que se divide un nivel educativo. A cada grado corresponde un conjunto de conocimientos.

GRADO ACADÉMICO

Documento expedido por las instituciones del sistema educativo nacional o del extranjero, descentralizadas o particulares, con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los estudios profesionales de los niveles de maestría y doctorado.

GRADO ACADÉMICO DE DOCTOR

Para quien haya terminado estudios de tipo superior, nivel doctorado o equivalente.

GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO

A quien haya concluido estudios de tipo superior, nivel maestría o equivalente.

INCORPORACIÓN

proceso cuyo objetivo es llevar a cabo la administración del sistema de incorporación de escuelas y la tramitación de autorizaciones a los particulares para impartir educación, y otorgar reconocimiento de validez oficial a los estudios realizados por los alumnos.

INSCRIPCIÓN

Proceso mediante el cual se formaliza el registro de los alumnos al primer grado de un nivel educativo con el fin de iniciar el historial académico.

INSTALACIONES EDUCATIVAS

En que los particulares imparten educación, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el acuerdo específico, sin perjuicio de lo requerido por otras autoridades no educativas.

INSTALACIONES DEL PLANTEL EDUCATIVO

Instalaciones físicas instaladas donde se pretende impartir un servicio educativo y que cumplan con las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas.

INTERESADO

Persona física que por sí o a través de un representante, solicita a una autoridad educativa la revalidación, la declaración de estudios equivalentes o la acreditación de conocimientos.

INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Organización pública o privada que bajo la denominación de escuela, instituto, centro de estudios, universidad, tecnológico, normal, o cualquiera otra denominación que cuenten con reconocimiento y autorización oficial de las autoridades de educación del Estado o de la Federación, para impartir programas educativos que comprendan planes y programas de estudio de los niveles medio, medio-superior, superior o posgrado, en el Estado. Una institución incluye recursos humanos, materiales y financieros.

INSTITUCIÓN O PLANTEL

A las instalaciones destinadas por el particular para realizar actividades relacionadas directa o indirectamente con el servicio educativo.

INTERNET

Red mundial que conecta entre sí a computadoras del mundo (www) y proporciona diversos servicios de intercambio de información.

KARDEX

Documento interno de la escuela que se utiliza para registrar y controlar el historial académico de los alumnos, durante la realización de sus estudios.

LICENCIATURA

Primer grado académico de la educación superior, cuyo antecedente obligatorio es el bachillerato o equivalente, y capacita para el ejercicio de una profesión.

LOCALIDAD O COLONIA

Cualquier asentamiento humano que esté reconocido comúnmente por un nombre que le asigna una disposición legal.

(nombre oficial) o la costumbre (nombre regional) y que además tenga una categoría política. Las localidades pueden formarse de una vivienda o de un conjunto de ellas, cercanas unas de otras.

MAESTRÍA

Estudios que exigen como requisito previo la licenciatura, y en los cuales el alumno se capacita para el ejercicio de actividades profesionales de alto nivel, de la docencia y la investigación; su duración mínima es de un año.

MAESTRAS Y MAESTROS

Son agentes fundamentales del proceso educativo y, por tanto, se reconoce su contribución a la trasformación social.

MODALIDAD EDUCATIVA

Es la primera gran división del Sistema Educativo Nacional que indica de qué manera se imparte la educación; para ello, ésta se divide en dos: modalidad escolar y modalidad no escolarizada, y hay una tercera en que se conjuntan las dos anteriores, a la cual se denomina “modalidad mixta”.

MODALIDAD ESCOLAR

Conjunto de recursos humanos, materiales, físicos y tecnológicos destinados a efectuar un proceso educativo conforme a un currículum predeterminado, dentro de una escuela, sujeto a un calendario escolar y con horarios rígidos, bajo la dirección de un profesor, quien lleva a cabo los programas de las asignaturas o áreas de conocimiento al ritmo de aprendizaje de la mayoría de los alumnos que integran la clase o grupo escolar. La población que se atiende en esta modalidad está constituida fundamentalmente por el grupo de edad de cinco a 24 años. Para poder ingresar a cada uno de los niveles que la integran, es necesario que los aspirantes tengan la edad y preparación requeridas.

MODALIDAD NO ESCOLARIZADA

la destinada a estudiantes que no asisten a la formación en el campo institucional. Esta falta de presencia es sustituida por la institución mediante elementos que permiten lograr su formación a distancia, por lo que el grado de apertura y flexibilidad del modelo depende de los recursos didácticos de autoacceso, del equipo de informática y telecomunicaciones y del personal docente.

MODALIDAD MIXTA

la combinación de las modalidades escolarizada y no escolarizada, se caracteriza por su flexibilidad para cursar las asignaturas o módulos que integran el plan de estudios, ya sea de manera presencial o no presencial.

MUNICIPIO O DELEGACIÓN POLÍTICA

Base de la organización política y administrativa y de la división territorial de los estados y la Cd. De México. Es una institución pública, constituida por una comunidad de personas establecidas en un territorio, autónoma para su gobierno interior y para la administración de su hacienda.

NIVEL EDUCATIVO

Cada una de las etapas que forman un tipo educativo. Casi todos son propedéuticos, y sólo algunos son terminales; algunos ofrecen servicios bivalentes, es decir, el educando puede cursarlo como preparación para ingresar a otro más adelantado, o bien, al concluirlo, ingresar a la fuerza de trabajo.

NO PRESENTADO

Acto administrativo fundado y motivado de la autoridad, mediante el que resuelve dar como no presentada una solicitud por la falta de alguno de los requisitos exigidos en cada trámite.

NÚMERO DE AUTORIZACIÓN PARA EXAMEN PROFESIONAL

El número de autorización para examen profesional está integrado por una literal que indica la licenciatura cursada y ocho dígitos, corresponden los dos primeros a los dos últimos números del año de egreso; los dos siguientes a la clave de la Entidad Federativa, donde el estudiante concluyó sus estudios y los cuatro últimos al número consecutivo asignado por el Área Responsable del Control Escolar.

NÚMERO DE CERTIFICADO AUTORIDAD EDUCATIVA

Número de serie del certificado que emite el Servicio de Administración Tributaria (SAT) del servidor público con facultades para firmar los Documentos Electrónicos de Certificación y Título Profesional.

NÚMERO DE MATRÍCULA

Es el número que asigna el Área de Control Escolar de Educación Normal, para identificar al alumno durante su estancia en la Institución Educativa donde ingreso.

OCUPACIÓN LEGAL DEL PLANTEL

Documento público o privado mediante el cual el particular acredita la ocupación legal del inmueble; escritura pública, contrato de arrendamiento, contrato de comodato u otro.

OPORTUNIDAD

Ocasión que tiene el alumno para regularizar su situación académica.

ORDEN CURRICULAR

Lugar que ocupa cada asignatura o curso en el plan de estudios autorizado y publicado en el Diario Oficial de la Federación o en el periódico oficial “La Sombra de Arteaga”

PÁGINA WEB

Es la información estructurada acerca de una institución, que se ha almacenado en forma individualizada en un servidor de internet.

PAGO DE DERECHOS

Impuesto estatal correspondiente al concepto del trámite a realizarse en la Dirección de Educación, previsto en la Ley de Ingresos.

PARTICULAR

Persona física o moral de derecho privado, que solicite acuerdo de autorización o de reconocimiento de validez oficial de estudios.

PERFIL

Al conjunto de características, requisitos, cualidades o aptitudes que deberá tener el aspirante a desempeñar un puesto o función descrito específicamente.

PERIODICIDAD DE INSCRIPCIÓN

Momentos o periodos autorizados en los que se pueden inscribir alumnos en un ciclo escolar.

PERSONAL CON FUNCIONES DE DIRECCIÓN

A aquél que realiza la planeación, programación, coordinación, ejecución y evaluación de las tareas para el funcionamiento de las escuelas de conformidad con el marco jurídico y administrativo aplicable, y tiene la responsabilidad de generar un ambiente escolar conducente al aprendizaje; organizar, apoyar y motivar a los docentes; realizar las actividades administrativas de manera efectiva; dirigir los procesos de mejora continua del plantel; propiciar la comunicación fluida de la Escuela con los padres de familia, tutores u otros agentes de participación comunitaria y desarrollar las demás tareas que sean necesarias para que se logren los aprendizajes esperados. Este personal comprende a coordinadores de actividades, subdirectores y directores en la Educación Básica; a jefes de departamento, subdirectores y directores en la Educación Media Superior, y para ambos tipos educativos a quienes con distintas denominaciones ejercen funciones equivalentes conforme a la estructura ocupacional autorizada.

PERSONAL DOCENTE

Al conjunto de educadores que prestan sus servicios por cuenta del particular y que satisfacen los requisitos establecidos en el Acuerdo y que como promotores y agentes del proceso educativo ejercen la docencia a través de la cátedra, la orientación, la tutoría y en general, toda actividad propia de dicho proceso.

PERSONA FÍSICA (O PERSONA JURÍDICA)

Individuo o miembro de una comunidad con derechos y obligaciones determinados por el ordenamiento jurídico.

PERSONA MORAL

es un individuo con derechos y obligaciones que existe, pero no como persona física, sino como institución que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin fines de lucro.

PERSONAS AUTORIZADAS PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES

Son las personas que el peticionario autoriza para recibir cualquier información escrita referente el trámite.

PLAN DE ESTUDIOS

Referencia sintética, esquematizada y estructurada de las asignaturas u otro tipo de unidades de aprendizaje, que incluye una propuesta de evaluación para mantener su pertinencia y vigencia.

PLANO DEL INMUEBLE

Documento gráfico donde se representa la distribuirán de los espacios en una construcción y se observan las características que tendrá.

PLANTILLA DE PERSONAL

Documento en el cual se enlista el personal docente y directivo que se encuentra en el plantel, manifestando el perfil profesional y académico, así como la función que desempeñan los docentes en el ciclo escolar vigente.

PODER NOTARIAL

Documento notarial mediante el cual una persona física o moral faculta al representante legal para actuar en su nombre.

POSGRADO

Es la última fase de la educación formal; tiene como antecedente obligatorio la licenciatura o un equivalente de ésta.

Comprende los estudios de especialización, la maestría, el doctorado y los estudios de actualización que se imparten en él.

PREVENCIÓN

Acto administrativo fundado y motivado de la autoridad, mediante el que notifica al particular que subsane la omisión de datos o documentos y le otorga un tiempo perentorio para su cumplimiento.

PROFESIÓN

Formación académica de nivel técnico o superior, adquirida y comprobada mediante el cumplimiento de programas de estudio.

PROFESIONAL TÉCNICO

BACHILLER (CONALEP)

Egresado del CONALEP que cuenta con los conocimientos, habilidades, actitudes y destrezas necesarias para realizar un trabajo especializado o bien, continuar estudios en instituciones de educación superior, y cuenta con un título y cédula profesional.

PROFESIONISTA

persona que cuenta con título legalmente expedido y con cédula profesional para ejercer una profesión.

PROGRAMA DE ESTUDIOS

Documento que desarrolla los contenidos de cada una de las asignaturas o áreas del plan de estudios. Regula la relación profesor-alumno, explicitando con un orden secuencial y coherente los objetivos educativos, contenidos de enseñanza, métodos didácticos, distribución del tiempo y los criterios de evaluación y acreditación.

PROMEDIO

Calificación final del alumno en cualquier ciclo escolar que resulta de la suma de las calificaciones anteriores dividida entre el número total de evaluaciones.

RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS

El acuerdo expreso de la autoridad educativa que reconoce la validez a estudios impartidos por un particular, distintos a los de primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

REGISTRO DE ESCOLARIDAD

Relación de alumnos inscritos o reinscritos en algún programa educativo que imparte la institución educativa incorporada a la Dirección de Educación.

REGULARIZACIÓN

Posibilidad que se ofrece al estudiante, para acreditar un curso, unidad de aprendizaje, semestre, grado o nivel escolar, no aprobado.

REINSCRIPCIÓN

Registro de ingreso de alumnos a segundo semestre o grado subsecuente de un nivel educativo que se hace con el fin de continuar con el historial académico.

RELACIÓN DE DOCUMENTOS DE CERTIFICACIÓN ENTREGADOS (REDCE)

Es la relación que hace la institución educativa, para comprobar el destino que tuvieron los documentos de certificación y título profesional que le fueron entregados por el área de control escolar.

RENOVACIÓN DE VIGENCIA

Acción por la que los particulares salvaguardan los derechos obtenidos en el RVOE, llegado el término de la vigencia del RVOE.

REQUISITOS

Documentos y formatos que se presentan para proporcionar la información que se establece en el acuerdo

RETIRO DEL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS

Resolución de la autoridad educativa mediante la cual se deja sin efectos el RVOE otorgado a los estudios impartidos por el particular.

REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

Acto administrativo a través dl cual la autoridad educativa otorga validez oficial a aquellos estudios realizados fuera del sistema educativo nacional, siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro de dicho sistema.

REVOCACIÓN DE AUTORIZACIÓN

Resolución de la autoridad educativa mediante la cual se deja sin efectos la Autorización otorgada al particular.

SATCA

Es un conjunto de criterios simples y unívocos para asignar valor numérico a todas las actividades de aprendizaje del estudiante contempladas en un plan de estudios, con la finalidad de acumular y transferir créditos académicos.

SE NIEGA

Acto administrativo fundado y motivado de la autoridad, mediante el que resuelve negar una solicitud a un particular por la falta de cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos en la ley.

SECUNDARIA

Nivel educativo en el cual se proporcionan los conocimientos necesarios para que el egresado realice estudios de tipo medio superior o se incorpore al sector productivo. Su antecedente obligatorio es la educación primaria y se cursa en tres años.

SELECCIÓN

Proceso mediante el cual se evalúan a los aspirantes que desean estudiar y obtener un lugar en la institución educativa.

SELLO DIGITAL AUTORIDAD EDUCATIVA

Firma digital expresada en formato base 64, resultado de aplicar el mecanismo criptográfico sobre la cadena original definida para la autoridad educativa.

SEMESTRE

Periodo de seis meses de clases.

SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL

El Sistema Educativo Nacional es el conjunto de elementos integrados que interactúan y son interdependientes. Estos elementos que componen a tu: los actores sociales, las leyes, los organismos como el Estado que posibilitan el ejercicio y el derecho a la educación que definen y regulan como por ejemplo las instituciones. Lo integran los servicios educativos de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación. La estructura del Sistema Educativo Nacional comprende tres niveles: Educación Básica, Educación Media Superior y Educación Superior.

SOLICITUD

Acto administrativo que realiza el particular mediante el cual solicita a la autoridad una autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.

TÉCNICO BÁSICO (CONALEP)

Alumno que acredita conforme al plan de estudios los primeros cuatro semestres de una carrera de Profesional Técnico-Bachiller, a excepción de la carrera de Enfermería General que no posee esta salida lateral.

TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO O PROFESIONAL ASOCIADO

Estudios de nivel superior cuyo antecedente obligatorio es el bachillerato o equivalente, su duración mínima es de dos años y la máxima es de tres años; no alcanza el grado de licenciatura y forma parte de la educación superior.

TELEBACHILLERATO

Es el sistema de difusión de la educación media superior a través de medios televisivos, en circuito cerrado o abierto, cuyo objetivo es extender el proceso de enseñanza-aprendizaje con el fin de brindar a un mayor número de personas las posibilidades de adquirir información y conocimientos. En los casos en que los estudios seguidos bajo este sistema tengan validez oficial, los alumnos deberán inscribirse y presentar exámenes para obtener los documentos que lo acrediten.

TERNA DE NOMBRES

Es la propuesta que presenta el particular de cómo se pretende denominar el servicio educativo.

TIEMPO CURRICULAR

Es el tiempo establecido en la normatividad vigente para la conclusión de los estudios.

TIPO BÁSICO

Primera fase de la educación formal; según la Ley General de Educación está integrada por los niveles de educación preescolar, primaria y secundaria; aunque el primero no es obligatorio para ingresar al segundo, el segundo sí, para tener acceso al tercero.

TIPO EDUCATIVO

Etapa general de educación sistemática cuyo programa completo proporciona a los alumnos determinada preparación formativa e informativa. El Sistema Educativo Nacional comprende tres tipos: básico, medio superior y superior; en cada tipo hay uno o más niveles educativos y en algunos de estos dos o más servicios.

TITULACIÓN

Procedimiento mediante el cual una autoridad legalmente facultada otorga el reconocimiento oficial de estudios, mediante la expedición del Título Profesional, por única ocasión, a los interesados que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la normatividad vigente.

TÍTULO PROFESIONAL

Documento expedido por las instituciones del sistema educativo nacional o del extranjero, descentralizadas o particulares, con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los estudios profesionales de los niveles de técnico, técnico superior universitario y licenciatura.

TRANSITO

Se entiende por tránsito de alumnos, el ingreso a un servicio educativo, de estudiantes provenientes de otros servicios del sistema educativo nacional o de sistemas extranjeros, a fin de continuar sus estudios.

TRASLADO

Cambio de alumnos de un plantel a otro que se efectúa dentro de los 20 días hábiles posteriores al primer día de clases del semestre.

TRIMESTRE

Periodo de tres meses de clases.

UNIVERSIDAD

Institución del nivel superior en que se imparten, al menos, seis carreras en tres áreas de estudio, una de las cuales, cuando menos, es Ciencias Sociales y Administrativas o de Educación y Humanidades.

VALIDACIÓN

Acción de autorizar la expedición de un documento oficial de control escolar con base en las constancias que obran en el Área de Control Escolar o en las escuelas, mediante el registro de la firma autógrafa del funcionario facultado y el sello oficial correspondiente.

VISITA DE INSPECCIÓN

Acto administrativo que realiza la autoridad para verificar las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas donde se pretenda impartir un servicio educativo.